El 29 de marzo de 2012 CCOO y UGT
convocamos una Huelga General contra la reforma laboral del gobierno del
Partido Popular. Habían pasado poco más de doce meses de la anterior, en este
caso contra un gobierno del PSOE. El mismo 2012 aún tendríamos que convocar
otra más.
Para CCOO la huelga es un instrumento de defensa
de nuestros intereses como trabajadores y trabajadoras, en aquel momento fue la
respuesta de una clase trabajadora organizada ante una constante agresión por
parte del gobierno que nos convertía en paganos de una crisis que nosotros no
habíamos provocado.
Desde antes de las 00.00 horas de aquel 29
de marzo, fuimos miles de trabajadores y trabajadoras los que participamos en
la infinidad de piquetes informativos que se repartían a lo largo y ancho de
nuestro país. Eran muchas las llamadas de personas que pedían que organizásemos
piquetes ante sus centros de trabajo, para poder “justificar” su ausencia ante
la dirección de la empresa, que ya se había encargado de atemorizar a las
plantillas con las “consecuencias” que se podrían generar en caso de hacer uso
de su derecho fundamental de huelga. Los “piquetes patronales” sembraron el
miedo en unos trabajadores precarizados, conscientes de las elevadísimas tasas
de desempleo de nuestro país. El coctel perfecto para que el temor pesase mucho
a la hora de tomar decisiones.
La inmensa mayoría de piquetes cumplieron
con su función, como han venido haciendo desde que se instauró la democracia y
con ella los derechos fundamentales que recoge la Constitución , como es
el ejercicio de huelga, sin mayor contratiempo que los típicos insultos de quien
se siente bien tratado por un sistema que cada día nos hace más pobres y
desiguales. Pero por algún motivo que cuesta mucho pensar que fuese fruto del
azar, en determinados lugares (a lo largo de la geografía nacional), las
fuerzas de seguridad del estado se
emplearon con una entrega que difícilmente se podría justificar por la actitud
de los piquetes. Esos agentes olvidaron que su misión no debería ser otra que
proteger a aquellas personas que habían decidido ejercer su derecho fundamental
a la huelga (artículo 28 CE) frente a aquellos otros que pretendían anularlo,
vaciarlo de contenido o secuestrarlo.
Manifestación de apoyo a la Huelga General del 29M de 2012 |
La noche se hizo larga, como
todas las noches de huelga, con momentos de tensión, que solo se soportan bien
desde la convicción de que la lucha es el único camino para la clase obrera no
ya de ganar derechos, también de mantenerlos.
Han pasado cuatro años de
aquella noche, mañana a las 10 de la mañana, José Manuel, Anna, Jose y José
María cruzaran la puerta del juzgado acusados de vulnerar los derechos de los
trabajadores. Ninguno de los cuatro es dirigente de empresa alguna que amenazó
a sus empleados con el despido si se les ocurría secundar la huelga, ninguno de
ellos ejerció violencia alguna contra trabajador o trabajadora que estuviese
haciendo uso de su derecho fundamental constitucionalmente reconocido de secundar
la huelga para defender sus derechos y los de sus compañeros y compañeras. No,
José Manuel, Anna, Jose y José María son cuatro de esas miles de personas que
se pasaron la noche y el día recorriendo los polígonos industriales y los centros
de trabajo informando a otros trabajadores que tenían derecho a decir basta, a
expresar su oposición a una reforma laboral que (como ya se ha demostrado) solo
perseguía devaluar salarios y hacernos más vulnerables.
José
Manuel, Anna, Jose y José María se enfrentan, cada uno de ellos, a peticiones
de penas de cárcel de dos años en aplicación del artículo 315.3 del Código
Penal. Creo que es necesario en este punto rebobinar un poco en el tiempo para conocer el
origen de ese artículo. Hay que ir al año 1976 exactamente, todavía no se había
aprobado la Constitución
del 78. Las normas que regían nuestra convivencia eran las del franquismo.
Franco murió en la cama, pero la democracia no nació en esa habitación, ni en
ningún despacho, la democracia la trajeron nuestras gentes, los obreros
organizados principalmente en las CCOO y en el Partido Comunista. Las calles
exigían cambios, eran tiempos duros, difíciles, arriesgados. En ese momento,
las huelgas convocadas por nuestros compañeros se multiplicaban, dificultaban
el propósito de muchos de continuar el franquismo sin Franco. En ese momento,
los que ostentaban el poder sabían que tenían que reprimir la protesta,
se pusieron manos a la obra, una de las medidas, modificar el Código Penal,
incorporar el redactado actual del artículo 315, la justificación no tenemos
que imaginárnosla, podemos releer los motivos que el gobierno daba para tan
urgente reforma “hacer frente a la creciente actividad agresiva de grupos
organizados que se autodenominan piquetes de extensión de huelga”.
Aquel artículo
contenía (y contiene) tres referencias. La primera parece garantizar el derecho
a la libertad sindical y la huelga penalizando a quienes los impidan o limiten.
El segundo eleva la pena en caso de que la actuación antisindical se ejerza con
violencia. El tercero (el que más nos interesa), castiga con esa pena
incrementada a los que “coaccionen a otros a iniciar o continuar una huelga”.
Posteriormente, la
constitución española reconoce el derecho a huelga como un derecho fundamental
y por tanto, especialmente protegido. El código penal por su parte mantiene en
su artículo 315.3 un redactado franquista que persigue con más saña a quien en
el ejercicio de su derecho monta un piquete de huelga que al que en el
ejercicio de su poder (económico o de dirección) impide a alguien ejercer su
derecho de huelga. Que hay una contradicción entre la Constitución y el
Código Penal es evidente. Que el gobierno del PP, que ha modificado el Código
Penal para limitar derechos y libertades (Ley Mordaza), no ha querido adecuarlo
al mandato constitucional también. Que un artículo como el 315.3 que llevaba
décadas “dormido”, despierte simultáneamente en toda la geografía nacional con
jueces y fiscales de diferentes comunidades autónomas empecinados en perseguir
sindicalistas no parece fruto del azar y sí de una división de poderes muy
desdibujada por no decir inexistente.
Es evidente que mañana no se
juzga solo a José Manuel, Anna, Jose y José María, mañana se juzga a toda
aquella persona que no solo sabe que para conseguir derechos y mantenerlos hay
que luchar cada día, sino que además lucha. Mañana se juzga al sindicalismo de
clase por su empecinamiento en enfrentarse al poder establecido. Mañana se
juzga a todos esos héroes de la clase trabajadora que nadie conoce, a los que
nunca verán su nombre en un libro o en una placa, a todas aquellas personas de
las que nadie se acuerda, a los que nadie agradece, a los nadie… a los de
siempre…
¿Quién
construyó Tebas, la de las siete puertas?
En los libros se mencionan los nombres de los reyes.
¿Acaso los reyes acarrearon las piedras?
En los libros se mencionan los nombres de los reyes.
¿Acaso los reyes acarrearon las piedras?
Bertolt
Brecht “Preguntas de un obrero que lee”